| ARTICULO 28.- La calificación mínima para ser admitido al programa para ocupar las plazas disponibles será de 71% se otorgarán las plazas en base a las calificaciones más alta.
ARTÍCULO 29.- El Comité Técnico Académico de Postgrado en medicina se reserva el derecho de no admitir al aspirante que no reúna los requisitos indispensables de la ética. Moralidad y buenas costumbres.
ARTÍCULO 30.- En igualdad de puntuación se dará preferencia al aspirante que haya ejercido profesionalmente por más tiempo en el área rural.
ARTICULO 31.- Los estudiantes extranjeros deberán ser becarios de alguna entidad extranjera o sufragar por si mismos el costo de sus estudios.
ARTÍCULO 32.- El estudiante extranjero se compromete a regresar a su país de origen al terminar la Residencia.
ARTICULO 33.- Las instituciones involucradas podrán rechazar a cualquiera de los seleccionados, si existen razones justificadas para hacerlo.
ARTICULO 36.- Se podrán admitir en el programa aquellos médicos que hayan realizado estudios de Postgrado en instituciones reconocidas de otros países y que deseen completar el tiempo exigido por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras y en el Colegio Médico de Honduras para poder ejercer la especialidad siempre y cuando reúna todos los requisitos de admisión exigidos para los programas de Postgrado para estos efectos consideraremos un período académico de un (1) año.
ARTÍCULO 37.-No podrán ingresar al programa aquellos estudiantes que hayan sido expulsados o separados de otras instituciones por cualquier motivo, o los que hayan abandonado los Estudios de Postgrado sin causa justificada.
ARTÍCULO 38.- Los aspirantes que no hayan aprobado los exámenes de admisión solo podrán postular dos veces consecutivas en la misma especialidad. |